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Mas Ortiz Abogados

Ley de la Segunda Oportunidad

Libérate de tus deudas

Si las deudas se han convertido en una carga que ya no te permite avanzar, la Ley de la Segunda Oportunidad puede ofrecerte una vía legal para recuperar el control de tu economía. Este mecanismo está pensado para personas que atraviesan una situación de sobreendeudamiento y, cuando se cumplen los requisitos legales, puede permitir la exoneración total o parcial de determinadas deudas. Su regulación se encuentra en la Ley Concursal, que establece el régimen de exoneración del pasivo insatisfecho.

 

En MAS-ORTIZ Abogados estudiamos cada caso de forma individual, porque no existen dos situaciones económicas iguales. Analizamos tus deudas, ingresos, patrimonio y demás circunstancias relevantes para explicarte con claridad cuáles son tus opciones reales, qué alternativas existen y qué estrategia puede resultar más adecuada antes de iniciar cualquier procedimiento.

 

Nuestro despacho tiene sede en San Fernando. Si buscas un abogado de Segunda Oportunidad en Cádiz, podemos estudiar tu situación y acompañarte durante todo el procedimiento. Además, trabajamos asuntos de Segunda Oportunidad en toda España, ofreciendo un asesoramiento cercano, claro y orientado a encontrar una solución jurídica realista para superar una situación de endeudamiento que se ha vuelto difícil de mantener.

Preguntas frecuentes sobre la

Ley de La Segunda Oportunidad

Para que lo tengas todo claro, respondemos a tus preguntas de forma sencilla y directa.

¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?

La Ley de la Segunda Oportunidad es un mecanismo legal de cancelación de deudas dirigido a personas físicas y autónomos que no pueden afrontar sus pagos. Permite a particulares sobreendeudados solicitar ante el juez la exoneración de deudas (EPI), siempre que cumplan los requisitos legales. La cancelación puede ser total o parcial, porque algunas deudas están sujetas a límites o quedan excluidas.


Es un procedimiento 100 % legal que permite rehacer la vida financiera y ofrece la posibilidad de empezar de cero sin deudas, dentro de los límites establecidos por la ley. Según las circunstancias, puede tramitarse mediante un plan de pagos que permita conservar la vivienda habitual y otros bienes. En Mas Ortiz Abogados estudiamos tu situación para valorar qué deudas puedes cancelar y qué opciones existen para proteger tu patrimonio.

¿Quién puede acogerse?

Pueden acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad las personas físicas, tanto particulares como autónomos, que se encuentren en situación de insolvencia: es decir, que no puedan cumplir regularmente sus obligaciones de pago o prevean que no podrán hacerlo en los próximos meses. No está reservada a quienes carecen de ingresos o bienes; cada situación requiere un estudio individual.


Para obtener la exoneración de deudas (EPI), es necesario cumplir los requisitos legales de buena fe. Se valoran, entre otras circunstancias, determinados antecedentes penales, las sanciones relevantes, la colaboración con el juzgado y la ausencia de ocultación de bienes o información falsa. En Mas Ortiz Abogados analizamos tu situación para comprobar si puedes acogerte y qué deudas podrían cancelarse.

¿Qué deudas se pueden cancelar?

La Ley de la Segunda Oportunidad permite cancelar, mediante la exoneración de deudas (EPI), deudas de préstamos personales, tarjetas de crédito y revolving, microcréditos y otras obligaciones con bancos, financieras o proveedores, siempre que se cumplan los requisitos legales.

No todas las deudas pueden cancelarse. Existen excepciones, como las pensiones de alimentos, determinadas indemnizaciones y multas. Las deudas con Hacienda y la Seguridad Social tienen límites específicos, y las deudas hipotecarias quedan excluidas en la parte cubierta por la garantía.

En Mas Ortiz Abogados analizamos tus deudas para determinar cuáles pueden cancelarse y qué solución se adapta mejor a tu situación.

¿Cuándo puedo solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad?

Puedes solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad cuando te encuentres en situación de insolvencia: si ya no puedes pagar regularmente tus deudas o si prevés que, en los próximos tres meses, no podrás cumplir tus obligaciones de pago. No es necesario esperar a que te embarguen o a que se acumulen las reclamaciones.

Tener deudas, por sí solo, no basta: es necesario analizar tu capacidad de pago y comprobar si cumples los requisitos para obtener la exoneración de deudas (EPI). 

En Mas Ortiz Abogados estudiamos tu situación para valorar cuándo iniciar el procedimiento y qué opciones tienes para recuperar tu estabilidad económica.

¿Puedo acogerme gratuitamente?

Sí, puedes tramitar la Ley de la Segunda Oportunidad con asistencia jurídica gratuita si cumples los requisitos legales de ingresos y patrimonio y se te reconoce este derecho. En ese caso, podrás contar con abogado y procurador del turno de oficio, cuando su intervención sea necesaria. Tener deudas o ser insolvente no concede automáticamente el derecho a justicia gratuita.

Puedes solicitarla a través del Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados que te corresponda. Si optas por contratar un despacho privado, el asesoramiento y la tramitación tendrán los honorarios que acuerdes previamente.

¿Quién paga el procedimiento?

Como regla general, quien solicita la Ley de la Segunda Oportunidad asume los honorarios de abogado y procurador, además de otros gastos que puedan surgir según las características del procedimiento. El coste depende de la complejidad del caso y de los profesionales que deban intervenir, por lo que conviene disponer de un presupuesto previo que detalle qué incluye.

Si cumples los requisitos y se te reconoce el derecho a asistencia jurídica gratuita, pueden quedar cubiertos los servicios de abogado y procurador y las demás prestaciones previstas legalmente. Tener deudas no implica automáticamente que el procedimiento sea gratuito.

Quiero cancelar mis deudas

Cuéntanos brevemente tu situación y nos pondremos en contacto contigo para valorar tu caso.



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